INCIDENTE DE INEJECUCIÓN DERIVADO DE DENUNCIA DE REPETICIÓN DEL ACTO RECLAMADO 2/2023.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

INCIDENTE DE INEJECUCIÓN DERIVADO DE DENUNCIA DE REPETICIÓN DEL ACTO RECLAMADO 2/2023.

Fecha: 27-Nov-2024

II. COMPETENCIA

  1. Esta Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación es competente para conocer y resolver el presente asunto en términos de lo dispuesto en los artículos 107, fracción XVI, segundo párrafo, de la Constitución Federal, 199 y 200 de la Ley de Amparo; 21, fracción IX, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, en relación con los puntos Segundo, fracción V, inciso c) y Tercero del Acuerdo General Plenario 1/2023, publicado en el Diario Oficial de la Federación el tres de febrero de dos mil veintitrés, modificado mediante instrumento normativo del diez de abril del mismo año; por tratarse de un incidente de inejecución derivado de denuncia de repetición del acto reclamado competencia de esta Segunda Sala, en el que no es necesaria la intervención del Tribunal Pleno.