INCIDENTE DE INEJECUCIÓN 145/2009. **********
Suprema Corte de Justicia de la Nación

INCIDENTE DE INEJECUCIÓN 145/2009. **********

Fecha: 01-Ene-1917

Tercero Se Declara Sin Materia El Incidente De Inejecución De Sentencia A Que Este Toca Se Refiere

Notifíquese; con testimonio de esta resolución y, en su oportunidad, archívese el expediente de inejecución como asunto concluido.

Así lo resolvió la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por mayoría de tres votos de los señores Ministros: Mariano Azuela Güitrón, Genaro David Góngora Pimentel y Sergio Salvador Aguirre Anguiano. La señora Ministra Margarita Beatriz Luna Ramos y Ministro presidente José Fernando Franco González Salas votaron en contra. Fue ponente el señor Ministro Genaro David Góngora Pimentel.

En términos de lo determinado por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en su sesión de veintidós de octubre de dos mil ocho y conforme a lo previsto en los artículos 3, fracción II y 18 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, en esta versión pública se suprime la información considerada legalmente como reservada o confidencial que encuadra en esos supuestos normativos.