Suprema Corte de Justicia de la Nación
INCIDENTE DE INEJECUCIÓN 424/2001. JORGE HERNÁNDEZ SALAZAR.
Fecha: 30-Sep-1993
Cubrir Al Quejoso Los Salarios Caídos Respectivos
3. Otorgar al quejoso, hoy incidentista, la garantía de audiencia tutelada por el artículo 14 constitucional, que se traduce en que se le emplazara debidamente, para que tuviera conocimiento del procedimiento que fue instaurado en su contra y, por ende, darle oportunidad de ofrecer y desahogar las pruebas que estimare necesarias para su defensa y alegar lo que a su derecho conviniera; y,