INCIDENTE DE INEJECUCIÓN 148/99. CLEMENTE CASTAÑEDA VILLEGAS.
Fecha: 06-May-1999
Considerando
SEGUNDO. El presente incidente de inejecución de sentencia, ha quedado sin materia en virtud de que el secretario de Seguridad Pública del Distrito Federal, como superior jerárquico de las autoridades responsables, dependientes de él, y el director general de Administración y Desarrollo de Personal del Gobierno del Distrito Federal, quien es una de las autoridades responsables, respecto de las cuales se concedió el amparo en la ejecutoria de cuya inejecución se trata, presentaron, respectivamente, los días doce y catorce de mayo de mil novecientos noventa y nueve, ante la Unidad de Gestión y Dictamen de Cumplimiento de Sentencias de esta Suprema Corte de Justicia de la Nación, los oficios números S2-BB/63/99, de fecha seis de mayo de mil novecientos noventa y nueve, y 001498, de fecha cuatro de esos mismos mes y año, a los cuales adjuntaron las constancias que demuestran que las autoridades responsables no han incurrido en contumacia al cumplimiento de la ejecutoria de amparo, como se analizará enseguida.
Efectivamente, el presente incidente de inejecución de sentencia se formó porque el Juez Cuarto de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal, mediante proveído de fecha dieciséis de marzo de mil novecientos noventa y nueve, ordenó la remisión de los autos a esta Suprema Corte de Justicia de la Nación, porque ni las autoridades responsables ni sus superiores jerárquicos, habían obedecido la ejecutoria de amparo, no obstante los diversos requerimientos efectuados para obtener su cumplimiento.
Como se advierte de los antecedentes de esta sentencia, en la parte que a la misma trasciende, Clemente Castañeda Villegas promovió el juicio de amparo indirecto número 883/97, ante el Juez Cuarto de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal, en contra de las siguientes autoridades:
- Considerando
- Director General De Administración Y Desarrollo Ejecutora
- Como Antecedentes Del Caso Relató En Esencia Los Siguientes
- Conforme A Lo Expuesto Los Alcances Del Fallo Protector Consisten En Lo Siguiente
- Pagarle Al Propio Agraviado Los Salarios Caídos
- Foja Del Incidente
- De Ellas Se Desprenden Los Siguientes Hechos
- Únicoha Quedado Sin Materia El Incidente De Inejecución De Sentencia Número