Suprema Corte de Justicia de la Nación
INCIDENTE DE SUSPENSIÓN (REVISIÓN) 75/2009. TESORERO DEL AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE PUEBLA. 13 DE MAYO DE 2009. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: FRANCISCO JAVIER CÁRDENAS RAMÍREZ. SECRETARIO: ALEJANDRO ANDRACA CARRERA.
Fecha: 13-May-2009
Considerando
CUARTO. No se habrán de analizar las consideraciones que sustentan la interlocutoria recurrida, ni el agravio formulado en su contra por la autoridad recurrente, a pesar de haberse transcrito, toda vez que este tribunal colegiado advierte que en el caso el a quo incurrió en una violación a las reglas fundamentales que norman el trámite del incidente de suspensión, por lo que en el caso deberá reponerse el procedimiento en términos de la fracción IV del artículo 91 de la Ley de Amparo, aplicado por analogía al caso a estudio.