INTERÉS FISCAL. PARA GARANTIZARLO CON MOTIVO DE LA SUSPENSIÓN CONCEDIDA EN EL AMPARO CONTRA EL COBRO DE CONTRIBUCIONES O APROVECHAMIENTOS, EL QUEJOSO PUEDE OPTAR POR CUALQUIERA DE LA FORMAS SEÑALADAS EN LOS ARTÍCULOS 386 DEL CÓDIGO FINANCIERO PARA LO
Suprema Corte de Justicia de la Nación

INTERÉS FISCAL. PARA GARANTIZARLO CON MOTIVO DE LA SUSPENSIÓN CONCEDIDA EN EL AMPARO CONTRA EL COBRO DE CONTRIBUCIONES O APROVECHAMIENTOS, EL QUEJOSO PUEDE OPTAR POR CUALQUIERA DE LA FORMAS SEÑALADAS EN LOS ARTÍCULOS 386 DEL CÓDIGO FINANCIERO PARA LO

Fecha: 26-Jul-2012

El Artículo De La Ley De Amparo Prevé

"Artículo 135. Cuando el amparo se pida contra el cobro de contribuciones y aprovechamientos, podrá concederse discrecionalmente la suspensión del acto reclamado, la que surtirá efectos previo depósito del total en efectivo de la cantidad a nombre de la Tesorería de la Federación o la de la entidad federativa o Municipio que corresponda, depósito que tendrá que cubrir el monto de las contribuciones, aprovechamientos, multas y accesorios que se lleguen a causar, asegurando con ello el interés fiscal. En los casos en que se niegue el amparo, cuando exista sobreseimiento del mismo o bien cuando por alguna circunstancia se deje sin efectos la suspensión en el amparo, la autoridad responsable hará efectivos los depósitos. Si se realizó embargo por las autoridades fiscales, y los bienes embargados son suficientes para asegurar la garantía del interés fiscal, el contribuyente no tendrá que realizar el depósito en efectivo a que se refiere el párrafo anterior, siempre que el embargo sea firme."

A su vez, el artículo 386 Código Financiero para los Municipios del Estado de Coahuila de Zaragoza dispone:

"Artículo 386. Los créditos fiscales podrán garantizarse en alguna de las formas siguientes, a favor de la Tesorería Municipal: I. Depósito en dinero en la Tesorería Municipal. II. Prenda o hipoteca. III. Fianza de compañía autorizada. IV. Embargo en la vía administrativa. La garantía de un crédito fiscal deberá incluir la de los posibles recargos y gastos de ejecución."