RECURSO DE INCONFORMIDAD PREVISTO EN LAS FRACCIONES I A III DEL ARTÍCULO 201 DE LA LEY DE AMPARO 14/2018. 20 DE JUNIO DE 2018. MAYORÍA DE VOTOS. DISIDENTE Y PONENTE: SILVIA ROCÍO PÉREZ ALVARADO. ENCARGADO DEL ENGROSE: MARIO ALBERTO DOMÍNGUEZ TREJO. S
Suprema Corte de Justicia de la Nación

RECURSO DE INCONFORMIDAD PREVISTO EN LAS FRACCIONES I A III DEL ARTÍCULO 201 DE LA LEY DE AMPARO 14/2018. 20 DE JUNIO DE 2018. MAYORÍA DE VOTOS. DISIDENTE Y PONENTE: SILVIA ROCÍO PÉREZ ALVARADO. ENCARGADO DEL ENGROSE: MARIO ALBERTO DOMÍNGUEZ TREJO. S

Fecha: 23-Nov-2018

Únicoes Infundado El Recurso

Notifíquese. Engrósese el presente fallo dentro del término legal; anótese en el libro de registro correspondiente y, con testimonio de esta resolución, vuelvan los autos relativos al lugar de origen y, en su oportunidad, archívese el expediente como total y definitivamente concluido.

Así, por mayoría de votos, lo resolvió el Sexto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito, integrado por los Magistrados, Óscar Naranjo Ahumada (presidente), Mario Alberto Domínguez Trejo y Silvia Rocío Pérez Alvarado (ponente), quien formula voto en contra.

En términos de lo previsto en los artículos 8, 13, 14, 18 y demás conducentes en lo relativo de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, en esta versión pública se suprime la información considerada legalmente como reservada o confidencial que encuadra en esos supuestos normativos.