Suprema Corte de Justicia de la Nación RECURSO DE INCONFORMIDAD 16/2022
Fecha: 21-Sep-2022
III. LEGITIMACIÓN
- Conforme lo dispone el primer párrafo del artículo 202 de la Ley de Amparo, el recurso de inconformidad puede interponerse, entre otros sujetos procesales, por el promovente de la denuncia a que se refiere el artículo 210 del propio ordenamiento. Luego, si el presente medio de impugnación fue interpuesto por Omar Israel Sánchez González autorizado en términos amplios del artículo 12 de la Ley de Amparo de la denunciante Alejandra Lasso González , quien figura como promovente en el procedimiento de denuncia en que se emitió la determinación judicial aquí recurrida, es inconcuso que surte la legitimación de la inconforme.
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