Suprema Corte de Justicia de la Nación RECURSO DE QUEJA 2/2025
Fecha: 02-Jul-2025
II.OPORTUNIDAD Y LEGITIMACIÓN.
- El recurso de queja se interpuso en tiempo, toda vez que el acuerdo recurrido se notificó por lista a la parte quejosa el veintiuno de octubre de dos mil veinticuatro , surtiendo efectos al día siguiente en términos del artículo 31, fracción II, de la Ley de Amparo, por lo que el plazo de cinco días que establece el artículo 98, párrafo primero del mismo ordenamiento legal, transcurrió del veintitrés al veintinueve de octubre de dos mil veinticuatro . Mientras que el escrito de agravios se presentó en la Oficina de Correspondencia Común de los Juzgados de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México el once de octubre de dos mil veinticuatro. Por tanto, se tiene por presentado oportunamente .
- El recurso de queja se interpuso por parte legítima, debido a que el escrito de expresión de agravios fue suscrito por la parte quejosa José Francisco Reyna Ochoa.
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