INCIDENTE DE INEJECUCIÓN DE
Suprema Corte de Justicia de la Nación

INCIDENTE DE INEJECUCIÓN DE

Fecha: 03-Abr-2013

DICTAMEN

DEL

TRIBUNAL

COLEGIADO

DE

CIRCUITO

(INTERRUPCIÓN DE LA JURISPRUDENCIA 2a./J. 167/2007)8”.

31. Finalmente, esta Segunda Sala estima que debe dejarse sin efecto

la multa impuesta por la Juez de Distrito a la autoridad

responsable, en proveído de doce de enero de dos mil veintiuno,

pues, como quedo precisado en párrafos que anteceden, ésta ha

llevado a cabo diversos actosencaminados a lograr el

ámbito de su competencia, los actos necesarios para su eficaz cumplimiento y

estarán sujetos a las mismas responsabilidades a que alude este Capítulo.

8 2a./J. 134/2012, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su

Gaceta, Décima Época, Libro XIII, Octubre de 2012, Tomo 3, página 1342,

registro digital: 2001938.