PONENTE: MINISTRA NORMA LUCÍA PIÑA HERNÁNDEZ
Suprema Corte de Justicia de la Nación

PONENTE: MINISTRA NORMA LUCÍA PIÑA HERNÁNDEZ

Fecha: 25-May-2022

COMPETENCIA

  1. La Primera Sala de la Suprema Corte es competente para conocer de esta controversia, de conformidad con los artículos 105, fracción I, inciso h), de la Constitución Federal ; 1 de la Ley Reglamentaria de la materia ; 10, fracción I, y 11, fracciones VI y VIII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación , en relación con el artículo 37, párrafo primero , del Reglamento Interior de este alto tribunal y los puntos Segundo, fracción I, párrafo primero, y Tercero, del Acuerdo General Número 5/2013, de trece de mayo de dos mil trece , al resultar innecesaria la intervención del Tribunal Pleno dado el sentido de la presente controversia constitucional.