REVISIÓN FISCAL 261/2008. ADMINISTRADORA LOCAL JURÍDICA DE CELAYA, UNIDAD ADMINISTRATIVA ENCARGADA DE LA DEFENSA JURÍDICA DEL SECRETARIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, DEL JEFE DEL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA Y DE LA AUTORIDAD DEMANDADA.
Fecha: 13-Ene-2006
Primeroes Procedente El Recurso De Revisión Fiscal
SEGUNDO.-Se confirma la sentencia de veintitrés de noviembre de dos mil siete, pronunciada por la Sala Regional del Centro III del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en el juicio de nulidad número 221/06-10-01-6, promovido por Reyes Reséndiz Hernández.
Notifíquese, anótese lo conducente en el libro de registro correspondiente; con testimonio de esta ejecutoria vuelvan los autos respectivos a su lugar de origen y, en su oportunidad, archívese el expediente.
Así, por unanimidad de votos lo resolvió el Primer Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y de Trabajo del Décimo Sexto Circuito, integrado por los Magistrados Víctor Manuel Estrada Jungo, Ariel Alberto Rojas Caballero y Lorenzo Palma Hidalgo, habiendo sido ponente el segundo de los nombrados.
Conforme a lo previsto en los artículos 8, 18, fracción II y 21 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, en esta versión pública se suprime la información considerada legalmente como reservada o confidencial.