REVISIÓN ADMINISTRATIVA (LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO) 407/2014 (CUADERNO AUXILIAR 920/2014) DEL ÍNDICE DEL DÉCIMO CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO, CON APOYO DEL SEGUNDO TRIBUNAL COLE
Fecha: 25-Sep-2015
C Razonamiento Inductivo
"21. Noción y clases de inducción.- De antiguo venía imputándose al razonamiento deductivo el carecer de virtud inventiva y servir solamente para exposición y desarrollo de las verdades ya conocidas, pero no para el descubrimiento de otras nuevas, es decir, para el efectivo enriquecimiento de nuestro patrimonio intelectual, que en ello estriba precisamente el progreso científico.
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"Entiéndese por inducción la clase de razonamiento en virtud del cual pasamos de lo particular a lo universal, de lo especial a lo general, del fenómeno a la ley que lo rige, del efecto a la causa, lo que, en fin, nos permite sustituir el azar por la necesidad, de la cual, como intuyó Poincaré, acaso la universalidad sea una perspectiva secundaria. En una palabra, la inducción posibilita el tránsito de la casualidad a la causalidad, pues no en vano la ciencia se considera como el conocimiento de las cosas por sus causas.
"Mientras el razonamiento deductivo desciende de lo universal a lo particular, de lo general o lo especial, y de lo especial a lo individual, el razonamiento inductivo, en cambio, asciende de lo particular a lo universal, de lo individual a lo especial, y de lo especial a lo general, tratando de descubrir en qué consiste la esencia de las cosas y la necesidad de las leyes por las que se rigen los fenómenos.
"Divídese la inducción en perfecta o completa e imperfecta o incompleta. La primera parte de la previa observación o contemplación exhaustiva de todas las cosas comprendidas en una especie o de todos los hechos sometidos a una misma causa, para inferir la razón de aquellas cosas o la ley general de aquellos hechos. Pero de esta especie de inducción puede decirse lo mismo que se dice del razonamiento deductivo, a saber, que nada nuevo aporta para hacer más expedito el proceso de invención o descubrimiento de verdades aún no conocidas. El razonamiento inductivo perfecto es el caso límite del razonamiento inductivo general, pues, aunque posible, es excepcional, porque sólo puede aplicarse con éxito a aquellos hechos o cosas que pueden enumerarse enteramente y cuyas propiedades son fácilmente obtenidas por abstracción.
"Por ello, la inducción propiamente dicha es la incompleta o imperfecta, la cual parte de la observación, no de la totalidad, sino de la mera pluralidad de las cosas o hechos, de la cual trata de elevarse al conocimiento de la esencia de tales cosas o de la ley general de aquellos hechos.
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"22. Fundamento de la inducción.- Salta a la vista que el ‘problema de la inducción’ estriba en determinar cuál sea el fundamento o principio de la misma, esto es, en justificar o legitimar el tránsito de la pluralidad a la totalidad y de la mera realidad a la necesidad; problema éste tan arduo que hizo decir a Poincaré que ‘es tan difícil justificar el principio de la inducción como prescindir de él’. Y recientemente Nagel se ha lamentado de que la esperanza de hallar una justificación racional para la inferencia de los casos observados a los no observados sigue viciando la reflexión filosófica, calificando de tesis heroica la en que Williams pretendió fundar la analogía de la razón de la inducción y la deducción.
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"Así, pues, la reducción del raciocinio inductivo a la forma silogística equivaldría como a una especie de entimema, cuya conclusión, por insuficiencia de la premisa suplida, seguiría siendo una petición de principio.
"Para nosotros, aparte de los fundamentos que suelen aducirse en justificación de la legitimidad de la consecuencia inductiva, en los cuales aparecen notorias implicaciones ontológicas, el principio de la inducción debe buscarse en la razón vital de la unidad y armonía, y consiguiente colaboración de las funciones de nuestro entendimiento; la cual unidad determina que tales funciones no actúen dentro de comportamientos estancos, sino que exista una intercomunicación entre ellas, de tal suerte que el razonamiento deductivo de nada serviría sin la cooperación del inductivo, el cual sería igualmente inoperante sin el auxilio de aquél.
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- Vii Estudio Del Caso
- Sobre El Tema El Jurisconsulto Español Manuel Atienza Explicó Lo Siguiente
- A Consideraciones Generales
- B Razonamiento Deductivo
- C Razonamiento Inductivo
- D El Raciocinio Y El Argumento
- Viii Decisión Y Efectos De La Sentencia
- Notifíquese
- Obra Instituciones De Derecho Procesal Civil Volumen I Páginas Y