SOLICITUD DE ejercicio de la FACULTAD DE ATRACCIÓN 672/2022
Suprema Corte de Justicia de la Nación

SOLICITUD DE ejercicio de la FACULTAD DE ATRACCIÓN 672/2022

Fecha: 25-Ene-2023

Encabezado

SOLICITUD DE ejercicio de la FACULTAD DE ATRACCIÓN 672/2022

solicitante: SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS CIVIL Y ADMINISTRATIVA DEL NOVENO CIRCUITO

PONENTE: MINISTRA ANA MARGARITA RÍOS FARJAT

SECRETARIA: irlanda denisse ávalos núñez

Colaboradora: Itzel de Paz Ocaña

índice temático

Hechos: Una activista y una diputada del Congreso de San Luis Potosí presentaron una iniciativa de reforma para despenalizar la interrupción voluntaria del embarazo y establecer los mecanismos sanitarios para su práctica segura y de calidad. En sesión ordinaria, las autoridades legislativas determinaron desecharla por improcedente.

La activista promovió un juicio de amparo indirecto, en el que se inconformó con el proceso legislativo, en particular, con la fase de deliberación de la iniciativa. En su demanda de amparo, adujo que el Congreso había sustentado el desechamiento de la propuesta de reforma de ley con base en sus creencias religiosas, lo que atentaba contra la institución fundamental de separación Iglesia-Estado y vulneraba el principio de laicidad.

La Jueza de Distrito sobreseyó en el juicio de amparo, porque consideró que la activista no había acreditado contar con un interés jurídico ni legítimo en el asunto, al no haber demostrado que la discusión legislativa le hubiera generado un perjuicio real y directo, o bien, que guardara una especial situación frente al orden jurídico que le generara una afectación colateral.

En contra de esta decisión, la activista interpuso el recurso de revisión del cual se solicita la atracción.

SOLICITUD DE ejercicio de la FACULTAD DE ATRACCIÓN 672/2022

solicitante: SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS CIVIL Y ADMINISTRATIVA DEL NOVENO CIRCUITO

VISTO BUENO

SRA. MINISTRA

PONENTE: MINISTRA ANA MARGARITA RÍOS FARJAT

COTEJÓ

SECRETARIA: irlanda denisse ávalos núñez

Colaboradora: Itzel de Paz Ocaña

Ciudad de México. Acuerdo de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en sesión correspondiente al veinticinco de enero de dos mil veintitrés , emite la siguiente: