SOLICITUD DE EJERCICIO DE LA FACULTAD DE ATRACCIÓN 1513/2024
Fecha: 25-Sep-2024
R E S U E L V E
PRIMERO. La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación no ejerce su facultad de atracción para conocer del amparo en revisión Primer número de expediente del índice del Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Penal del Tercer Circuito.
SEGUNDO. Devuélvanse los autos al Tribunal Colegiado del conocimiento para los efectos legales correspondientes.
Notifíquese; conforme a derecho corresponda y, en su oportunidad, archívese el expediente como asunto concluido.
Así lo resolvió la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por mayoría de cuatro votos de los Ministros y Ministras Loretta Ortiz Ahlf, Ana Margarita Ríos Farjat (Ponente), Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y Presidente Jorge Mario Pardo Rebolledo. En contra del voto emitido por el Ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, quien se reserva su derecho a formular voto particular.