SOLICITUD DE REASUNCIÓN DE COMPETENCIA 61/2023
Suprema Corte de Justicia de la Nación

SOLICITUD DE REASUNCIÓN DE COMPETENCIA 61/2023

Fecha: 27-Sep-2023

II. TRÁMITE DE LA SOLICITUD DE REASUNCIÓN DE COMPETENCIA

  1. Solicitud de ejercicio de la facultad de atracción . El veintisiete de marzo de dos mil veintitrés, ****** ******* *****, a través de su asesor jurídico ***** **** ****, solicitó a esta Primera Sala que ejerciera su facultad de atracción para conocer de los amparos en revisión **/**** y ***/**** del índice del Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito. Las razones principales del solicitante son que los asuntos:
    • Permitirán delimitar la vigencia, naturaleza y requisitos para establecer la responsabilidad penal de las personas jurídicas.
    • Tendrán un impacto económico y social para el país.
    • Delimitarán si en el caso se cuenta con los requisitos para vincular a proceso a la persona moral por el delito de discriminación, previsto en el artículo 206 del Código Penal para el Distrito Federal.
    • Mejorarán y reforzarían la forma en la que las autoridades deben juzgar con perspectiva de género.
    • Darán seguridad jurídica en relación con la responsabilidad penal de las personas jurídicas.
    • Analizarán la constitucionalidad de los artículos 421, párrafo sexto del Código Nacional de Procedimientos Penales, así como 27 Bis del Código Penal para el Distrito Federal.
  2. Trámite como reasunción de competencia. Por oficio de trece de abril de dos mil veintitrés, el Secretario General de Acuerdos de esta Suprema Corte de Justicia de la Nación consideró que, si bien el asesor jurídico solicitó el ejercicio de la facultad de atracción, lo cierto es que al tratarse de un recurso de revisión que deriva de un juicio de amparo indirecto en el que se planteó la inconstitucionalidad de diversos artículos, dicha petición debe tramitarse como una solicitud de reasunción de competencia.
  3. Sesión privada. Dado que el solicitante carece de legitimación para pedir que esta Suprema Corte conozca de los asuntos en cuestión, en sesión privada de treinta y uno de mayo de dos mil veintitrés, se puso a consideración de los integrantes de la Primera Sala la presente solicitud, donde el Ministro Arturo Zaldívar decidió de oficio hacer suyo el escrito de reasunción de competencia para conocer de los amparos en revisión **/**** y ***/**** del índice del Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito.
  4. Admisión. El siete de junio de dos mil veintitrés, el Ministro Presidente de esta Primera Sala admitió a trámite la presente solicitud de reasunción de competencia y ordenó turnar el asunto a la Ponencia del Ministro Arturo Zaldívar para la elaboración del proyecto de resolución correspondiente.