VARIOS 73/91. ENTRE EL PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO EN PUEBLA Y EL TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

VARIOS 73/91. ENTRE EL PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO EN PUEBLA Y EL TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.

Fecha: 01-Ene-1917

Xiv Incorporación Y Aportación Al Fondo Nacional De La Vivienda

"ARTICULO 804.- El patrón tiene obligación de conservar y exhibir en juicio los documentos que a continuación se precisan:

I. Contratos individuales de trabajo que se celebren, cuando no exista contrato colectivo o contrato Ley aplicable;

II. Listas de raya o nómina de personal, cuando se lleven en el centro de trabajo; o recibos de pagos de salarios;