Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1373/2022-S1
Fecha: 18-Nov-2022
II. CONCLUSIONES
Del análisis de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Consta memorial de demanda de divorcio de 20 de agosto de 2020 planteado por Pablo Ernesto Añez Castedo -ahora tercero interesado- contra Kiyomi Nishihira Krutzferldt -ahora accionante- (fs. 2 a 4).
II.2. Por memorial de 7 de octubre de 2020, la ahora accionante realizó su apersonamiento, opuso excepción y contestación a la demanda de divorcio, señalando que:
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- II. OPONE EXCEPCION.-
- III. CONTESTA DEMANDA DE DIVORCIO.
- III.-VALORACION INTEGRAL DE LOS ELEMENTOS PROBATORIOS APORTADOS. En el caso concreto se tiene:
- POR TANTO: El suscrito Juez Público de Familia Décimo Sexto de la Capital impartiendo justicia, resuelve: