SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0107/2022-S1
Fecha: 20-Abr-2022
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional en su Sala Primera, en virtud de la autoridad que le confieren la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional, en revisión resuelve: CONFIRMAR la Resolución 25/21 de 4 de marzo de 2021, cursante de fs. 104 a 110, pronunciada por la Sala Constitucional Segunda del departamento de Santa Cruz; y en consecuencia: DENEGAR la tutela solicitada, conforme lo establecido en la presente Sentencia Constitucional Plurinacional.
CORRESPONDE A LA SCP 0107/2022-S1 (viene de la pág. 10).
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Fdo. MSc. Georgina Amusquivar Moller
MAGISTRADA
Fdo. MSc. Julia Elizabeth Cornejo Gallardo
MAGISTRADA
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO | II. Excepcionalmente, previa justificación fundada, dicha acción será viable cuando:
- I. La Acción de Amparo Constitucional no procederá cuando exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados de serlo.
- CAPITULO VII
- I. Término.
- POR TANTO