Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0069/2022-S1
Fecha: 18-Abr-2022
Encabezado
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0069/2022-S1
Sucre, 18 de abril de 2022
SALA PRIMERA
Magistrada Relatora: MSc. Georgina Amusquivar Moller
Acción de amparo constitucional
Expediente: 38703-2021-78-AAC
Departamento: Chuquisaca
En revisión la Resolución 29/2021 de 16 de marzo, cursante de fs. 146 a 149 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Carlos Bernal Tupa, Noelia Bernal Delgado y Alberto Javier Morales Vargas en representación de Manuel Edgar Rada Pérez contra Edwin Aguayo Arando y María Cristina Díaz Sosa, Magistrados de la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia.
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- “II. ANÁLISIS Y RESOLUCIÓN DEL INCIDENTE OPUESTO | II. La o el Juez de Instrucción en lo Penal en el plazo de vienticuatro (24) horas, correrá en traslado a la víctima y a las otras partes, quienes podrán responder de forma escrita en el plazo de
- I. Las excepciones se tramitarán por la vía incidental por una sola vez, ofreciendo prueba idónea y pertinente, las cuales podrán plantearse por escrito ante la o el Juez de Instrucción en lo Penal dentro del plazo de diez (10) días computables
- I. Durante la etapa preparatoria las excepciones e incidentes se tramitarán por la vía incidental por una sola vez, ofreciendo prueba idónea y pertinente.
- II. La jueza o el juez de Instrucción en lo Penal dentro del plazo de vienticuatro (24) horas, señalará audiencia y notificará a las partes con la prueba idónea y pertinente. La audiencia se llevará a cabo dentro del plazo de tres (3) días, en la
- III. Excepcionalmente, durante la etapa preparatoria y juicio oral, el imputado podrá plantear la excepción por extinción de la acción penal, ofreciendo prueba idónea y pertinente, la cual será notificada a las partes conforme establece el numeral
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- POR TANTO