SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0236/2022-S4
Fecha: 03-May-2022
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Cuarta Especializada; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR en parte la Resolución 34/21 de 25 de marzo de 2021, cursante de fs. 94 vta. a 100, pronunciada por la Sala Constitucional Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz; y en consecuencia, CONCEDER la tutela solicitada, únicamente con relación al memorial de 12 de enero de 2021, disponiendo que Juan Manuel Pinto Zamora, Director Distrital de DIRCABI-Santa Cruz o quien funja en dichas funciones al momento de la notificación con este fallo constitucional, otorgue una respuesta al escrito referido, conforme a los Fundamentos Jurídicos expuestos en esta Sentencia Constitucional Plurinacional.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
René Yván Espada Navía
MAGISTRADO
Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano
MAGISTRADO
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO | III. En caso de haberse monetizado el bien de forma anticipada, se devolverá el producto de la misma, más los frutos que haya generado debiendo descontarse los gastos de administración. | IV. La devolución s
- II. Recibida la solicitud, la oficina Departamental competente emitirá su respuesta respaldada con los respectivos informes técnico, jurídico y certificación de gastos administrativos en la plazo máximo de diez (10) días hábiles de recibida la solici
- POR TANTO