SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0506/2022-S4
Fecha: 06-Jun-2022
Encabezado
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0506/2022-S4
Sucre, 6 de junio de 2022
SALA CUARTA ESPECIALIZADA
Magistrado Relator: Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano
Acción de libertad
Expediente: 36410-2020-73-AL
Departamento: Beni
En revisión la Resolución de 7 de octubre de 2020, cursante de fs. 33 vta. a 39, pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Ruth Loras Peña, por sí y en representación sin mandato de NN contra Dani López Márquez, Coordinadora del Servicio Legal Integral Municipal (SLIM) y de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia del Gobierno Autónomo Municipal; y, René Gamboa Calderón, Juez Público Mixto Civil y Comercial de Familia Primero, ambos de Guayaramerín, todos del departamento de Beni; y, Damián Chulve Flores.
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO | II. Las medidas de protección son de aplicación inmediata, que impone la autoridad competente para salvaguardar la vida, la integridad física, psicológica, sexual, derechos patrimoniales, económicos y laborales
- I. Las medidas de protección tienen por objeto interrumpir e impedir un hecho de violencia contra las mujeres, o garantizar, en caso de que éste se haya consumado, que se realice la investigación, procesamiento y sanción correspondiente.
- II. Se podrá imponer una sola de las medidas señaladas o varias de ellas, según resulte más adecuado al caso concreto y con la debida fundamentación para cada una de ellas. Estas medidas son de cumplimiento inmediato y obligatorio pudiendo recurrirse
- I. En casos de urgencia o habiéndose establecido la situación de riesgo en la que se encuentra la víctima y cuando las circunstancias del caso exijan la inmediata protección a su integridad, las medidas previstas en el Parágrafo I del Artículo preced
- POR TANTO
- MAGISTRADO