SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0542/2022-S1
Fecha: 06-Jul-2022
“CONSIDERANDO: (ANÁLISIS DEL CASO CONCRETO)
Que, en la fase de admisibilidad, la candidatura de Kenny Rosmery Saavedra Herrera, a la Dirección de Carrera de Ingeniería Comercial de la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales de la U.A.G.R.M., fue observada por el siguiente motivo:
Incumplimiento del Art. 5 inc. b) de la Convocatoria en su segundo elemento, con relación al grado de Maestría afín a la carrera.
Que, el Art. 5 inc. b) de la Convocatoria a Claustro Universitario, aprobada mediante Resolución ICU Nº 018-2021 de 9 de abril de 2021, refiere:
“b) Ser profesional con título a nivel de licenciatura de la misma carrera o de una carrera afín, y tener grado de Maestría afín a la Carrera, títulos que deben ser expedidos por el Sistema Nacional de Universidades Públicas.”
Que, en el presente caso, la candidata presenta Título en Provisión Nacional de Licenciado en Ingeniería Comercial, cumpliendo así el primer elemento del inc. b) del Art. 5 de la Convocatoria, sin embargo, el Título de Maestría presentado es en Desarrollo Educativo, que dicho título no es afín a la Carrera ya que es propio de la Facultad de Humanidades.
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTACION ACADÉMICA DE LA AFINIDAD DE MI MAESTRIA CON LA CARRERA QUE POSTULO
- IV. ADMISIÓN DE LA UAGRM CON RESPECTO A QUE LA MAESTRA EN DESARROLLO EDUCATIVO ES MAESTRIA AFIN A MI CARRERA.
- V. INEXISTENCIA DE NORMATIVA CONTRARIA
- “CONSIDERANDO: (ANÁLISIS DEL CASO CONCRETO)
- POR TANTO: