Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0889/2022-S3
Fecha: 21-Jul-2022
Encabezado
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0889/2022-S3
Sucre, 21 de julio de 2022
SALA TERCERA
Magistrada Relatora: MSc. Karem Lorena Gallardo Sejas
Acción de amparo constitucional
Expediente: 43124-2021-87-AAC
Departamento: Cochabamba
En revisión la Resolución 21 de 22 de septiembre de 2021, cursante de fs. 53 a 63 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Eustaquio Jiménez Figueroa contra Carmelo Balceras Jiménez, Presidente del Comité de Agua Potable y Valentín Panozo Barbolín, Dirigente del Sindicato de la Comunidad de Miraflores de Aiquile del departamento de Cochabamba.
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Conforme a lo expuesto en la Observación General 15 del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, el derecho humano al agua implica los siguientes componentes: a) Disponibilidad, el abastecimiento de agua de cada persona debe ser continuo