SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0002/2023
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0002/2023

Fecha: 03-Ene-2023

POR TANTO

La Sala Plena del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.2 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional, resuelve declarar la IMPROCEDENCIA de la acción de inconstitucionalidad concreta promovida por Claudio Miguel Ávila Navajas demandando la inconstitucionalidad del art. 234.5 del Código de Procedimiento Penal, modificado por la Ley de Abreviación Procesal Penal y de Fortalecimiento de la Lucha Integral Contra la Violencia a Niñas, Niños, Adolescentes y Mujeres, por ser presuntamente contrario a los arts. 23 y 116.I de la Constitución Política del Estado; y, 8.2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

CORRESPONDE A LA SCP 0002/2023 (viene de la pág. 15).

Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.

Se hace constar que los Magistrados MSc. Paul Enrique Franco Zamora, MSc. Julia Elizabeth Cornejo Gallardo y MSc. Georgina Amusquivar Moller, son de Voto Disidente; asimismo, la Magistrada MSc. Karem Lorena Gallardo Sejas es de Voto Aclaratorio.

Fdo. Dr. Petronilo Flores Condori

MAGISTRADO

Fdo. MSc. Karem Lorena Gallardo Sejas

MAGISTRADA

Fdo. MSc. Carlos Alberto Calderón Medrano

MAGISTRADO

Fdo. MSc. Brigida Celia Vargas Barañado

MAGISTRADA

Fdo. Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano

MAGISTRADO

Fdo. René Yván Espada Navía

MAGISTRADO

[1] Alberto Binder. (1999). Introducción al Derecho Procesal Penal (2a.ed. p.14). Buenos Aires-Argentina: Ad Hoc S.R.L.