SENTENCIA
CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0157/2023
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0157/2023

Fecha: 18-Dic-2023

II. CONCLUSIONES

Del análisis y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.    Por Acta de mutuo acuerdo de 6 de septiembre de 2010, concerniente al conflicto por posesión de los terrenos de Donato Pari Poma –padre fallecido– suscitado entre Celestina Mamani Jaurique Vda. de Pari –madre–; Julia, Irene, Rosmeri y Candelaria Blanca todas Pari Mamani –hijas–; y, Oscar Olegario Pari Mamani –hijo–, acordaron sanear los terrenos consignando como titular a la madre y como copropietarios a los hijos, firmando al efecto todos los nombrados y las autoridades indígenas originarias de la Comunidad Yaurichambi (fs. 31 a 32).

II.2.    Mediante Informe de 30 de julio de 2015; se tiene que, habiéndose convocado al Secretario General de la mencionada comunidad y sus miembros, para solucionar los conflictos familiares entre Celestina Mamani Jaurique Vda. de Pari, Julia, Irene, Rosmeri, Candelaria Blanca y Oscar Olegario, todos Pari Mamani, ello ante el conocimiento de las hermanas Pari Mamani que el indicado saneamiento de los terrenos en conflicto, se encontraba a nombre de Oscar Olegario; por lo que, al negar la madre haber otorgado el terreno al mencionado, se llegó a un acuerdo respecto a la parcela “857”, consistente en que “…La parcela Nº 857 seguirá a nombre de Celestina Mamani Vda. de Pari y representara en el saneamiento de tierras donde sus hijos aceptaron la propuesta en presencia de todas las autoridades…” (sic [fs. 28]).

II.3.    Por Voto Resolutivo de 12 de septiembre de 2021, las autoridades del Sindicato Agrario Originario de Yaurichambi del Gobierno Autónomo Municipal Batallas, afiliado a la Sub Central “Unión Catari”, provincia Los Andes del departamento de La Paz, en lo relativo al problema familiar Pari Mamami estableció entre otros puntos que: a) “…el señor Oscar Olegario Pari Mamani tiene problema con sus propias hermanas nacidos de una sola madre, (…) no tiene voluntad de arreglar y solucionar del terreno que dejó su padre (+) a sus cinco hijos…” (sic) en “Villa Florida”; b) Oscar Olegario Pari Mamani tiene certificaciones y credenciales falsos con los cuales realizó los trámites en el INRA, para posteriormente desalojar a las hermanas alegando avasallamiento, denunciándolas por violencia familiar o doméstica con testigos falsos; c) Oscar Olegario Pari Mamani amenazó a las autoridades como a la Secretaria de Justicia indicándole “CUIDATE”; y, d) Por todo ello, existiendo dos acuerdos internos entre la familia Pari Mamani, prohibieron todo intento de desalojo en contra de las hermanas y la demolición de sus viviendas y se restituya sus derechos sucesorios que les corresponde ante el fallecimiento de su padre, y la expulsión definitiva de Oscar Olegario Pari Mamani; firmando al efecto las autoridades y el pueblo originario de la Comunidad Yaurichambi, así como de las Zonas de la Florida, Entre Ríos, Achumani, Central, Munaypata y el Centro Cultural Yaurichambi (fs. 12 a 23).

II.4.    Cursa Nota de 21 de febrero de 2022; por el cual, Antonio Luis López Huallpa del Consejo de Justicia; Seferino Huallpa Sipe, Secretario General y Eusebio Alanoca Cutipa, Secretario de Actas, todos de la Comunidad de Yaurichambi, municipio Batallas, provincia Los Andes del departamento de La Paz, solicitaron a las autoridades del Sindicato Agrario de la indicada comunidad pase al Consejo de Justicia Indígena Originario el caso “13-21” y todos los casos de la familia Pari (fs. 11).

II.5.    Consta el Informe de 4 de abril de 2022, emitida por Nicolasa Pari Mamani, Presidenta de la Zona Villa Florida de la Comunidad Yaurichambi del municipio Batallas de la provincia Los Andes del precitado departamento, el cual se encuentra dirigido al Fiscal de Materia de la localidad de Pucarani del indicado departamento, a objeto de poner a su conocimiento los hechos ocurridos con Oscar Olegario Pari Mamani en contra de sus hermanas Julia, Irene y Candelaria Blanca, todos Pari Mamani e hijos, respecto a las agresiones y calumnias que sufren desde años atrás y actualmente, señalando que: El 2004, el mencionado agredió a su hermana Candelaria Blanca por los terrenos de su padre fallecido, agrediéndola físicamente; el 2007, nuevamente la agredió, pese a que se encontraba con cuatro meses de gestación, haciendo que impacte con una piedra que le rompió un diente, ello por utilizar la cocina del padre fallecido; el 2020 las despojó a sus tres hermanas antes señaladas de los cuartos donde vivían junto a sus hijos, cerrando los cuartos y el portón con candado; el 13 de enero de 2021, cuando las hermanas se encontraban durmiendo en carpas frente a la casa de su fallecido padre, Oscar Olegario Pari Mamani, junto a su madre Celestina Jaurique Mamani Vda. de Pari y su medio hermano “Percy Iván”, agredió a sus hermanas para sacarlas a la fuerza; y, el 20 de febrero de 2022, Oscar Olegario Pari Mamani y su medio hermano, habrían agredido a la hija de Candelaria Blanca Pari Mamani; pues la menor fue a su domicilio a pedir auxilio indicando que sus tíos “Oscar y Percy” le habrían “agarrado” y tocado en sus partes íntimas y que agredían a su madre y a su tía Julia; por lo que, acudió al lugar donde encontró a Oscar Olegario agrediendo físicamente a Candelaria Blanca y a Julia, todos Pari Mamani, ambas ensangrentadas y golpeadas, abusos que ocurren desde la muerte de su padre (fs. 7 a 10). Informe que fue reiterado el 9 de mayo de 2022 (fs. 5 a 6).