SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0321/2023-S3
Fecha: 27-Abr-2023
Encabezado
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0321/2023-S3
Sucre, 27 de abril de 2023
SALA TERCERA
Magistrada Relatora: MSc. Karem Lorena Gallardo Sejas
Acción de amparo constitucional
Expediente: 47091-2022-95-AAC
Departamento: Cochabamba
En revisión la Resolución 038/2022 de 11 de abril, cursante de fs. 426 a 433 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por María Salomé, Fernando Reynaldo y José Ramiro, todos de apellidos Matías Claros contra Héctor Cartagena Chacón, Alcalde; Boris Milton Mercado Villarroel, Secretario General y Erasmo Blanco Calizaya, funcionario, todos del Gobierno Autónomo Municipal (GAM) de Quillacollo del departamento de Cochabamba; Tito Cartagena Chacón, Presidente y Dirigente de la Organización Territorial de Base (OTB) Junta Vecinal Villa Moderna de igual distrito, y Juan Gualberto Lafuente Claros.
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- En ese mismo orden, la jurisprudencia constitucional estableció lo siguiente: 1) La SCP 0145/2012 de 14 de mayo, concluyó: ‘De donde se extrae, que la resolución de hechos controvertidos o el reconocimiento de derechos, delimita la competencia de la