SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0235/2023-S1
Fecha: 14-Abr-2023
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Primera; en virtud de la autoridad que le confieren la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: REVOCAR la Resolución 10/2020 de 5 de octubre, cursante de fs. 13 a 14 vta., pronunciada por el Juez de Instrucción Anticorrupción y Contra la Violencia Hacia la Mujer Primero de la Capital del departamento de La Paz, constituido en Juez de garantías; y, en consecuencia: DENEGAR la tutela impetrada conforme a los Fundamentos Jurídicos desarrollados en el presente fallo constitucional, con la aclaración de que no se ingresó al análisis de fondo de la problemática.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Fdo. MSc. Georgina Amusquivar Moller
MAGISTRADA
Fdo. MSc. Julia Elizabeth Cornejo Gallardo
MAGISTRADA
[1] Fundamento Jurídico III.1.Naturaleza jurídica de la acción de libertad y presupuestos de activación
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- I. Toda persona tiene derecho a la libertad y seguridad personal. La libertad personal sólo podrá ser restringida en los límites señalados por la ley, para asegurar el descubrimiento de la verdad histórica en la actuación de las instancias jurisdicci
- POR TANTO