SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0300/2023-S4
Fecha: 15-May-2023
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Cuarta Especializada; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: REVOCAR la Resolución 244/2021 de 11 de noviembre, cursante de fs. 435 a 439, pronunciada por la Sala Constitucional Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz; y en consecuencia, DENEGAR la tutela solicitada, conforme los Fundamentos Jurídicos expuestos en el presente Sentencia Constitucional Plurinacional; empero, manteniendo los efectos dispuestos por la Sala Constitucional, a fin de evitar una distorsión procesal no deseada para el ordenamiento jurídico.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO | II. El Servicio de Asistencia Legal del establecimiento penitenciario o la Dirección Departamental de Régimen Penitenciario verificarán el cumplimiento de los requisitos en el plazo máximo de tres (3) días hábil
- I. La solicitud será presentada ante la Dirección Departamental del Régimen Penitenciario o ante el Servicio de Asistencia Legal de los establecimientos penitenciarios correspondientes, mediante nota simple, sin la exigencia de ninguna formalidad, ad
- VII. La Dirección Departamental de Régimen Penitenciario emitirá la Resolución Administrativa de Concesión de Indulto en un plazo máximo de tres (3) días hábiles de recibida la documentación y la remitirá al Juez de Ejecución Penal y Supervisión en e
- POR TANTO
- MAGISTRADO