SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL
0816/2023-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0816/2023-S1

Fecha: 25-Jul-2023

POR TANTO

El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Primera; en virtud de la autoridad que le confieren la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: REVOCAR la Resolución 03/2022 de “9 de septiembre de 2021” -siendo lo correcto 27 de abril de 2022-, cursante de fs. 32 a 37, pronunciada por el Tribunal de Sentencia Penal Quinto de la Capital del departamento de Cochabamba; y, en consecuencia:

   CONCEDER la tutela solicitada respecto al derecho a la vida, conforme a los fundamentos jurídicos expuestos en el presente fallo constitucional.

2º   Disponiendo que:

a)  Iver Fernando Gonzales Casano, Juez de Instrucción Anticorrupción y contra la Violencia hacia la Mujer Primero de la Capital del departamento de Cochabamba, enmiende la decisión asumida y se pronuncie en el marco de los razonamientos emitidos, referentes al enfoque de género en casos de delitos de violencia contra la mujer.

b) Shirley Gimena Camacho Coca, Fiscal de Materia, cumpla su deber de la debida diligencia, otorgando la celeridad debida al proceso en la etapa en que este se encuentre, sea en el marco de lo determinado en la Ley 348.

   Llamar severamente la atención a Iver Fernando Gonzales Casano, Juez de Instrucción Anticorrupción y contra la Violencia hacia la Mujer Primero de la Capital del departamento de Cochabamba; y, Shirley Gimena Camacho Coca, Fiscal de Materia, respecto de los actos contrarios al orden constitucional advertidos en el presente caso, debiendo en lo venidero evitar incurrir en dilaciones en contra de la accionante o en contra de otras personas en similares circunstancias.

4º   Llamar severamente la atención, a Paola Pamela Antezana Galarza, Secretaria del Juzgado de Instrucción Anticorrupción y contra la Violencia hacia la Mujer Primero de la Capital del departamento de Cochabamba, por no haber aplicado la debida diligencia en el presente caso de violencia contra la accionante.

Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.

Fdo. MSc. Georgina Amusquivar Moller