SENTENCIA
CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1118/2023-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1118/2023-S1

Fecha: 19-Sep-2023

POR TANTO

El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Primera; en virtud de la autoridad que le confieren la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: REVOCAR la Resolución 267/2023 de 24 de julio, cursante de fs. 82 a 84, pronunciada por el Juez de Instrucción Penal Octavo de la capital del departamento de La Paz; y, en consecuencia se dispone:

Corresponde a la SCP 1118/2023-S1 (viene de la pág. 12).

1º    DENEGAR la tutela impetrada, con base en los Fundamentos Jurídicos expuestos en este fallo constitucional;

    Dimensionar los efectos de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, disponiendo mantener firmes y subsistentes los actos producidos como consecuencia de la concesión efectuada en favor de la menor accionante, dispuesta por el Juez de garantías; y,

3°    Se dispone la remisión de antecedentes al Ministerio Público, para la averiguación de la autoría de posibles ilícitos, en relación a los actos de una posible agresión sexual en contra de la hija menor del impetrante de tutela.

Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.

Fdo. MSc. Georgina Amusquivar Moller

MAGISTRADA

Fdo. MSc. Julia Elizabeth Cornejo Gallardo

MAGISTRADA

[1] Fundamento Jurídico III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad y presupuestos de activación.

[2] ARTÍCULO 28. (CONTENIDO DE LAS SENTENCIAS DECLARACIONES Y AUTOS CONSTITUCIONALES).

I.   Toda Sentencia, Declaración o Auto Constitucional, deberá contener los suficientes argumentos de hecho y de derecho que justifique la decisión.

II. La parte resolutiva del fallo sobre el fondo de la acción, demanda, consulta o recurso podrá determinar su dimensionamiento en el tiempo y los efectos sobre lo resuelto.