SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0302/2024-S2
Fecha: 02-Jul-2024
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Segunda; en virtud de la autoridad que le confieren la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 29/2024 de 1 de febrero, cursante de fs. 87 a 89 vta., pronunciada por la Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz; y, en consecuencia:
1° CONCEDER la tutela solicitada, conforme a los fundamentos jurídicos, razonamientos fácticos y aplicación de jurisprudencia expuestos en el presente fallo constitucional, dejando sin efecto la Resolución FDLP/WEAL/S-604/2023 de 20 de septiembre, disponiendo que:
a) El Fiscal Departamental de La Paz, emita una nueva resolución, observando los fundamentos plasmados en esta Sentencia Constitucional Plurinacional, siempre y cuando ello no hubiera ya ocurrido como consecuencia de la tutela concedida por la mencionada Sala Constitucional.
b) La Defensoría de la Niñez y Adolescencia del Distrito 3 del Gobierno Autónomo Municipal de El Alto del departamento de La Paz, asuma una actitud más diligente en cuanto a la defensa y protección del menor de edad AA, garantizando el ejercicio pleno de sus derechos en condiciones de igualdad, en observancia del principio del interés superior del menor.
2° Llamar la atención a Israel Ramiro Campero Méndez y Alexis Ángel Angles Mercado, Vocales de la Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, por los motivos de índole procesal-constitucional plasmados en el Fundamento Jurídico III.5 de este fallo constitucional.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Fdo. MSc. Karem Lorena Gallardo Sejas
MAGISTRADA
Fdo. MSc. DAEN Brigida Celia Vargas Barañado
MAGISTRADA