SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0382/2024-S1
Fecha: 30-Jul-2024
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Primera; en virtud de la autoridad que le confieren la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la
CORRESPODE A LA SCP 0382/2024-S1 (viene de la pág.11).
Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 167/2022 de 11 de agosto, cursante de fs. 404 a 406 vta., pronunciada por la Sala Constitucional Primera del departamento La Paz; y en consecuencia, DENEGAR la tutela solicitada, con la aclaración de no haberse ingresado al fondo del asunto planteado.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Fdo. MSc. Julia Elizabeth Cornejo Gallardo
MAGISTRADA
Fdo. MSc. Georgina Amusquivar Moller
MAGISTRADA
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO | II. Excepcionalmente, previa justificación fundada, dicha acción será viable cuando:
- I. La Acción de Amparo Constitucional no procederá cuando exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados de serlo.
- POR TANTO