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    SENTENCIA
CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0267/2024-S4
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0267/2024-S4

    Fecha: 02-Jul-2024

    I.      El recurso de reposición procede contra las providencias y autos interlocutorios con objeto de que la autoridad judicial, advertida de su error, los modifique, deje sin efecto o anule. | II.    La autoridad judicial podrá resolver inmediatame

    Artículo 254°.- (Procedimiento).

    • Encabezado
    • I.  ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
    • II. CONCLUSIONES
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO | II.    Este recurso podrá plantearse en cualquier momento del proceso, inclusive en ejecución de sentencia, si la naturaleza de lo resuelto lo permite.
    • I.      El recurso de reposición procede contra las providencias y autos interlocutorios con objeto de que la autoridad judicial, advertida de su error, los modifique, deje sin efecto o anule. | II.    La autoridad judicial podrá resolver inmediatame
    • I.      Este recurso se interpondrá verbalmente en la audiencia o por escrito fundamentado en el plazo de tres días contados a partir de la notificación con la providencia o auto interlocutorio; en este último caso, siempre que no hubieren sido dicta
    • POR TANTO

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