SENTENCIA CONSTITUCIONAL
PLURINACIONAL 0450/2024-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0450/2024-S1

Fecha: 20-Ago-2024

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

Los accionantes denuncian la vulneración de sus derechos al trabajo y a la estabilidad laboral; toda vez que, la parte demandada, los desvinculó de sus  cargos que venían ejerciendo con dos contratos anteriores; siendo que, en el tercer y último contrato, fueron recontratados desde el 1 de junio al 31 de diciembre de 2022; sin embargo, el 2 de agosto del citado antes de su conclusión, fueron notificados con la terminación de sus contratos desde la referida fecha de manera injustificada, sin tener ningún proceso previo, originando de esa manera su desvinculación laboral.

En consecuencia, corresponde en revisión verificar si tales extremos son evidentes a fin de conceder o denegar la tutela; para ello, se desarrollarán los siguientes temas: a) Marco normativo y reglamentario para la protección del derecho a la estabilidad laboral b) De los contratos administrativos y los límites a las cláusulas que regulan  los contratos eventuales; y, c) Análisis del caso concreto.

III.1. Marco normativo y reglamentario para la protección del derecho a la estabilidad laboral

El derecho del trabajador a la estabilidad o continuidad laboral, consistente básicamente en la garantía constitucional de conservar materialmente su empleo durante su vida laboral, salvo que existan causas legales que justifiquen un despido; derechos que se encuentran reconocidos por nuestra normativa nacional; así:

La Constitución Política del Estado en sus arts. 46.I.2, 48.II, 49.III, y 50, refieren:

Artículo 46.

                    Toda persona tiene derecho:

(…)

2. A una fuente laboral estable, en condiciones equitativas y satisfactorias”.

Artículo 48.II

(…)