Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0607/2024-S2
Fecha: 18-Sep-2024
Encabezado
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0607/2024-S2
Sucre, 18 de septiembre de 2024
SALA SEGUNDA
Magistrada Relatora: MSc. DAEN Brigida Celia Vargas Barañado
Acción de amparo constitucional
Expediente: 52374-2023-105-AAC
Departamento: Cochabamba
En revisión la Resolución 178/2022 de 25 de noviembre, cursante de fs. 91 a 96, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Ana María Armatta Romero contra Winder Velasco Canelas y Juan Edgar Balderrama Balderrama, Vocales de la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba.
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- II. El Estado prohíbe y sanciona toda forma de discriminación fundada en razón de sexo, color, edad, orientación sexual, identidad de género, origen, cultura, nacionalidad, ciudadanía, idioma, credo religioso, ideología, filiación política o filosófi
- I. En la sede del Tribunal Supremo de Justicia, de los Tribunales Departamentales de Justicia y de los tribunales y juzgados en provincias, funcionará el servicio de buzón judicial, donde se centralizará la presentación de memoriales y recursos fue
- Por su parte, la SCP 1594/2022-S3 de 6 de diciembre, respecto a una problemática similar, expresó el siguiente entendimiento: “…los Vocales ahora accionados realizaron una interpretación gramatical restrictiva, a ‘letra muerta’ del art. 90.III del CP