SENTENCIA
CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0825/2024-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0825/2024-S3

Fecha: 18-Sep-2024

II. CONCLUSIONES

De la revisión de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente: 

II.1.    Cursa Contrato Para la Prestación del Servicio de Alcantarillado Sanitario de 8 de julio de 2022, suscrito entre EMAPAS y Jenny Quea Pérez -hoy accionante-, por el que la indicada Empresa se obliga a prestar el servicio básico de alcantarillado sanitario incluyendo su instalación externa en favor de la nombrada (fs. 5 y vta.); quien por factura 29314 de igual fecha, canceló Bs691.- (seiscientos noventa y uno bolivianos) por el servicio de la “Conexión AASS” en la dirección “J.V. FERROVIARIO HAYLLANI D-4” (fs. 6).

II.2.    Por Nota presentada el 8 de julio de 2022, ante EMAPAS, la accionante denunció agresiones verbales que recibió por parte del “PRESIDENTE, VICEPRESIDENTE Y OTROS” -miembros de la Directorio de la Junta de Vecinos de la OTB de la Urbanización Ferroviario Red Occidental Huayllani “Sector Este” del departamento de Cochabamba-, quienes impidieron la conexión del servicio básico de alcantarillado sanitario tapando las excavaciones que se realizaron (fs. 108 a 109).

II.3.    Consta Nota de 20 de julio de 2022, dirigida al “PROPIETARIO” -accionante-, suscrita por Eloy Jhonny Torrez Aruquipa, Presidente -ahora accionado- y Jesús Gálvez Salazar, Vocal de la OTB de la Urbanización Ferroviario Red Occidental Huayllani “Sector Este” del departamento de Cochabamba, por la que, se conminó a la accionante apersonarse a la mesa directiva para demostrar su derecho propietario y efectuar pagos en dicha OTB en especial de la red de alcantarillado que todo vecino está en la obligación de abonar, en mérito a la reunión extraordinaria desarrollada el 19 de ese mes y año, a las 20:00 horas, en la que se determinó darle un plazo de setenta y dos horas a partir de su notificación, caso contrario todos los vecinos realizaran el corte de la red de alcantarillado; Nota que le fue entregada el 20 de igual mes y año, a las 16:50 horas (fs. 24).

II.4.    Mediante Nota de 8 de septiembre de 2022, dirigida al “PROPIETARIO” -accionante-, el Presidente ahora accionado y Jesús Gálvez Salazar, Vocal de la OTB de la Urbanización Ferroviario Red Occidental Huayllani “Sector Este” del departamento de Cochabamba, conminaron a efectuar pagos en dicha OTB en especial de la red de alcantarillado sanitario a la Cooperativa la Promotora, hasta el 10 de ese mes y año; ya que, en caso de incumplimiento los vecinos de manera conjunta determinaron en la última reunión ordinaria el corte de la red de alcantarillado (fs. 11).

II.5.    Por Nota presentada el 9 de septiembre de 2022, ante EMAPAS; la accionante denunció agresiones verbales, psicológicas y económicas; ya que, el Presidente hoy accionado le exigió que demuestre su derecho propietario, además de pagar Bs16 950.-, por el servicio de la red de alcantarillado sanitario, según la liquidación efectuada por Martha Pablo Gutiérrez, Secretaria de Hacienda, de la OTB de la Urbanización Ferroviario Red Occidental Huayllani “Sector Este” del departamento de Cochabamba -hoy coaccionada-, quien usurpando funciones de la indicada Empresa le conminó a regularizar sus cuentas pendientes de pago del alcantarillado en el plazo de setenta y dos horas y “…AMENAZANDOME DE MANERA FLAGRANTE EN LA PRIVACION DE ACCESO AL SERVICIO BASICO DE ALCANTARILLADO(…) INDICANDO QUE TODOS LOS VECINOS REALIZARAN EL CORTE DE LA RED DE ALCANTARILLADO…” (sic) -servicio instalado el 19 de julio de 2022-, que a pesar de cumplir con todos los requerimientos de las autoridades competentes, se encontraría amedrentada por el Presidente ahora accionado y otros miembros del Directorio de esa OTB (fs. 113 a 114).  

II.6.    Cursa Formulario de Registro de Consultas de 15 de septiembre de 2022, suscrito por el Jefe Comercial y la Encargada de Atención al Cliente y Asuntos Sociales de EMAPAS, sobre la instalación de alcantarillado con el motivo del reclamo referente a la Nota 2612 de 9 de igual mes y año; por la que la accionante presentó su denuncia por negativa de vecinos de la OTB de la Urbanización Ferroviario Red Occidental Huayllani “Sector Este” del departamento de Cochabamba, en la conexión de la red de “AASS”, que fue derivada para la correspondiente asignación de plomero “…mientras no tenga el servicio” (sic [fs. 12]), con el Registro de Baja temporal de 15 de dicho mes y año, en la Dirección “J.V. Ferroviario Huayllani D-4”, con la observación del Directorio de la Junta de Vecinos de la OTB de la Urbanización Ferroviario Red Occidental Huayllani “Sector Este” del departamento de Cochabamba, y vecinos de la misma zona, suscrito por Carlos Vidal Fernández, Jefe Comercial (fs. 13). 

II.7.    A través del Voto Resolutivo 13 de noviembre de 2022, suscrito por Jesús Gálvez Salazar, Vocal; Rossycela Carvajal Caro, Vocal de la OTB de la Urbanización Ferroviario Red Occidental Huayllani “Sector Este” del departamento de Cochabamba y la Secretaria ahora coaccionada; así como, varios nombres, números de cedulas de identidad y firmas; en reunión ordinaria se determinó de manera unánime “…efectuar el corte del alcantarillado correspondiente de la señora vecina Jenny Quea, ubicado en el manzano G-2 – lote N° 8, toda vez que la vecina no cumplió con la cancelación por concepto de la red de Alcantarillado a la urbanización, pese a ser notificado en forma verbal y escrita…” (sic [fs. 84 y vta.]).

II.8.    Mediante Nota presentada el 16 de noviembre de 2022, ante EMAPAS; la accionante denuncia el corte ilegal del servicio básico de alcantarillado sanitario, a través de la destrucción total del tubo efectuada el 13 de igual mes y año, por el Presidente hoy accionado y otros miembros de la OTB de la Urbanización Ferroviario Red Occidental Huayllani “Sector Este” del departamento de Cochabamba y el Directorio de la Junta Vecinal de esa OTB (fs. 91 a 92). 

II.9.    Consta Voto Resolutivo de 27 de noviembre de 2022, suscrito por el Presidente y la Secretaria ahora accionados, entre otros y miembros del Directorio de la Junta Vecinal de la OTB de la Urbanización Ferroviario Red Occidental Huayllani “Sector Este” del departamento de Cochabamba; asimismo, se consignan varios nombres, números de cedulas de identidad y firmas; el cual fue en mérito al voto resolutivo de 13 de igual mes y año, que por la asamblea ordinaria de las bases de la citada OTB “…se determinó realizar el corte de la instalación clandestina a la red del alcantarillado en el domicilio de la vecina señora Jenny Quea, ubicado en el manzano G-2 lote N° 8 toda vez que no cumplió con la cancelación del costo del alcantarillado que todo vecino está en la obligación de cancelar por dicha conexión a la Red de alcantarillado.

         Por lo tanto en reunión extraordinaria se resolvió determinar lo siguiente:

           1.- Reiterar y ratificar el corte de la Conexión del alcantarillado en el domicilio de la vecina sra. Jenny Quea ubicado en el manzano G-2, lote N° 8.

           2.- Conminar a la empresa de EMAPAS a no efectuar la reinstalación del alcantarillado en el citado domicilio.

           3.- En asamblea las bases determinaron que EMAPAS si incumple lo determinado, se efectuaran acciones de hecho, como huelgas de hambre o de lo contrario exigir a la empresa la devolución del costo total de la red del alcantarillado de la O.T.B. Urbanizacion Ferroviarios red occidental sector este” (sic); el cual se encuentra suscrito por el Directorio de la Junta de Vecinos de la OTB de la Urbanización Ferroviario Red Occidental Huayllani “Sector Este” del departamento de Cochabamba y otros vecinos de la zona (fs. 85 a 86). 

II.10.  Cursan imágenes fotográficas, en las que se observa a un grupo de personas con maquinaria pesada y el destrozo del tubo del alcantarillado sanitario (fs. 26 a 36); asimismo, un Disco Compacto (CD), con la grabación del hecho (fs. 37).