SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0158/2025-S2
Fecha: 31-Mar-2025
II. CONCLUSIONES
De la revisión de los antecedentes que cursan en el expediente, se establece lo siguiente:
II.1. Cursa Resolución 038/2022 de 30 de mayo, por la que el Juez Disciplinario Segundo de la Representación Distrital de La Paz del Consejo de la Magistratura, declaró probada la denuncia presentada por Juan Onofre Mamani Cordero, Encargado de Control y Fiscalización del citado departamento del Consejo de la Magistratura -ahora tercero interesado- contra René Eduardo Foronda Escobar, Juez de Instrucción Anticorrupción y contra la Violencia hacia las Mujeres Tercero de El Alto del señalado departamento -ahora accionante- por la falta disciplinaria grave prevista en el art. 187.14 de la LOJ, sancionándolo con la suspensión del ejercicio de sus funciones por un mes sin goce de haberes (fs. 75 a 78), fallo notificado al impetrante de tutela el 23 de junio de 2022, conforme consta de la diligencia cursante a fs. 80.
II.2. Por memorial presentado el 24 de junio de 2022, ante el Juez Disciplinario Segundo de la Representación Distrital de La Paz del Consejo de la Magistratura, el accionante solicitó complementación y enmienda respecto a la Resolución descrita ut supra, (fs. 85 y vta.); misma que fue declarada no ha lugar mediante Auto de 27 de ese mes y año (fs. 86).
II.3. Mediante memorial de contenido incompleto, sin fecha ni sello de recepción, se advierte que el impetrante de tutela interpuso recurso de apelación contra la Resolución 038/2022 (fs. 89 a 94 vta.).
II.4. Cursa recurso de compulsa presentado por el accionante el 11 de julio de 2022, contra el Auto de 8 del referido mes y año, por el que la Jueza Disciplinaria Tercera de la Representación Distrital de La Paz del Consejo de la Magistratura en suplencia legal de su similar Segundo, rechazó la apelación formulada bajo el criterio de que la misma fue presentada fuera del plazo perentorio computado de momento a momento (fs. 95 y vta.).
II.5. Consta Resolución COM 19/2022 de 1 de agosto, por la que Mirtha Gaby Meneses Gómez y Omar Michel Durán, Consejeros del Consejo de la Magistratura -ahora accionados- confirmaron totalmente el Auto de 8 de julio de 2022, emitido por la Jueza Disciplinaria Tercera de la Representación Distrital de La Paz del Consejo de la Magistratura en suplencia legal de su similar Segundo que rechazó el recurso de apelación formulado por el ahora accionante por extemporáneo (fs. 96 a 103).