SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0290/2025-S1
Fecha: 16-Abr-2025
II. En ambos casos, tendrá legitimación pasiva la persona natural o jurídica, pública o privada, que compile datos personales en un registro, que independientemente de tener o no una finalidad comercial, esté destinado a producir informes, aunque n
De acuerdo con lo previsto por los arts. 11 y 12 de la Ley Orgánica de la Policía Nacional (LOPN) -Ley 734 de 8 de abril de 1985- al constituir el Comando General de la Policía Boliviana el órgano máximo de dirección, administración y decisión, su Comandante General es la máxima autoridad de la institución al ejercer las funciones directivas y de mando en todo el territorio nacional, siendo dicha autoridad la que adquiere legitimación pasiva cuando dicha institución policial se constituye en parte accionada; señalando sobre el particular la SC 1978/2011-R de 7 de diciembre, que: “…la legitimación pasiva corresponderá en las entidades públicas o privadas (y sus representantes) que hayan obtenido y tengan registrados tales datos e informaciones, sobre cuyo contenido, los accionantes tengan el interés de conocer, aclarar, rectificar, modificar o eliminar, y que no haya obtenido la respuesta favorable por la citada entidad para lograr tales extremos.
Tenemos entonces que la legitimación pasiva recae precisamente sobre los bancos de datos (sean públicos o privados), que consisten en centros de acopio e intercambio de información, o de documentación, destinados a rubros específicos y a la prestación de determinados servicios (bancarios; policiales; comunicacionales; servicios web; compra y venta de distintos bienes; agencias matrimoniales; etc.), que estén expresamente destinados a brindar información a terceros’…” (las negrillas nos pertenecen).
En consecuencia, la Sala Constitucional al denegar la tutela solicitada, obró de manera correcta.
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- II. La Acción de Protección de Privacidad no procederá para levantar el secreto en materia de prensa”.
- II. En ambos casos, tendrá legitimación pasiva la persona natural o jurídica, pública o privada, que compile datos personales en un registro, que independientemente de tener o no una finalidad comercial, esté destinado a producir informes, aunque n
- POR TANTO