Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0446/2025-S4
Fecha: 13-May-2025
Encabezado
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0446/2025-S4
Sucre, 13 de mayo de 2025
SALA CUARTA ESPECIALIZADA
Magistrado Relator: René Yván Espada Navía
Acción de amparo constitucional
Expediente: 58606-2023-118-AAC
Departamento: Chuquisaca
En revisión la Resolución 152/2023 de 4 de octubre, cursante de fs. 265 a 269, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Dora Litzy Padilla Carballo, Miltón Yamil Padilla Carballo, Angélica Padilla Mendoza de Quevedo y Felicia Padilla Mendoza de Cardozo contra Edwin Aguayo Arando y Olvis Egüez Oliva, Magistrados de la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia.
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- La competencia para su conocimiento, tiene origen constitucional, así el art. 184.1 de la CPE, determina que el Tribunal Supremo de Justicia es competente para: «Actuar como tribunal de casación y conocer recursos de nulidad en los casos expresamente