SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0529/2025-S3
Fecha: 10-Jun-2025
Encabezado
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0529/2025-S3
Sucre, 10 de junio de 2025
SALA TERCERA
Magistrado Relator: Ángel Edson Dávalos Rojas
Acción de amparo constitucional
Expediente: 54833-2023-110-AAC
Departamento: Potosí
En revisión la Resolución 18/2023 de 3 de abril, cursante de fs. 356 a 362 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Juan José Ibañez Flores en representación de Lidia Villca Flores, Teresa Pereira Pereira, Serapio Cruz Anagua, Miozotis Colque Romano, Ana Victoria Cuiza Quispe, Magaly Coila Quispe, Daysi Geovana Flores Vargas, Florentino Méndez Yampa y Jannett Rene Flores Veliz contra Lenin Vladimir Calizaya Espinal, María Virginia Noriega Velásquez, María Jesús Mercado Gonzáles, Silvia Roxana Villarroel Tapia, Rubén Norberto Michel Barrón, María Dolores Poveda Vega y Karin Jhina Villarroel Wayma, miembros de la Comisión Nacional de Calificación Categoría Profesional de la Caja Nacional de Salud (CNS).
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Respecto a la segunda finalidad, tanto la SCP 2221/2012 como la SCP 0100/2013, señalan que la arbitrariedad puede estar expresada en una decisión sin motivación, con motivación arbitraria, insuficiente y por la falta de coherencia del fallo. Ejemplif