Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0989/2025-S3
Fecha: 26-Ago-2025
Encabezado
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0989/2025-S3
Sucre, 26 de agosto de 2025
SALA TERCERA
Magistrada Relatora: Paola Verónica Prudencio Candia
Acción de amparo constitucional
Expediente: 56678-2023-114-AAC
Departamento: Oruro
En revisión la Resolución 54/2023 de 29 de junio, cursante de fs. 556 a 565 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por María Guisela Aliaga Ugalde contra Jose Antonio Revilla Martínez y Esteban Miranda Terán, Magistrados de la Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia.
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO | III. Los derechos y beneficios reconocidos en favor de las trabajadoras y los trabajadores no pueden renunciarse, y son nulas las convenciones contrarias o que tiendan a burlar sus efectos. | IV. Los salarios o
- II. Las normas laborales se interpretarán y aplicarán bajo los principios de protección de las trabajadoras y de los trabajadores como principal fuerza productiva de la sociedad; de primacía de la relación laboral; de continuidad y estabilidad labora
- POR TANTO