SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0997/2025-S3
Fecha: 27-Ago-2025
Encabezado
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0997/2025-S3
Sucre, 27 de agosto de 2025
SALA TERCERA
Magistrado Relator: Ángel Edson Dávalos Rojas
Acción de amparo constitucional
Expediente: 56649-2023-114-AAC
Departamento: Tarija
En revisión la Resolución 01/2023 de 23 de junio, cursante de fs. 231 a 238 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Freddy Wilder Aguilar Mallea contra Orlando Erazo Campos, Presidente; Diego Silvestre Castedo Noriega; Vicepresidente; Bertha María Delgado Mamani, Juan Alberto Gareca Guerrero, Secretarios; Yobana Castro Vedia, Yessica Sharit Yucra Méndez, Mariana Quiroga Alemán, Daniel Medrano Castro, Víctor Daniel Paz Vergara, Maciel Yesenia Flores, Julio Cesar Acebey Flores, Delegados Estudiantiles; y, Javier Luis Rodríguez Flores, Grover Torrez Ibieta y Víctor Hugo Pilco Romero, Delegado Docentes, todos ellos del Comité Electoral para Elecciones de Decanos y Vicedecanos para la Facultades de Medicina, Ciencias Agrícolas y Forestales, Ciencias Integradas de Bermejo y Ciencias Integradas de Villa Montes para el periodo 2023-2027 de la Universidad Autónoma Juan Misael Saracho (UAJMS) del departamento de Tarija.
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Respecto a la segunda finalidad, tanto la SCP 2221/2012 como la SCP 0100/2013, señalan que la arbitrariedad puede estar expresada en una decisión: i) Sin motivación, cuando la resolución no da razones que la sustenten; ii) Con motivación arbitraria,