SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0960/2025-S4
Fecha: 05-Ago-2025
Encabezado
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0960/2025-S4
Sucre, 5 de agosto de 2025
SALA CUARTA ESPECIALIZADA
Magistrada Relatora: MSc. Isidora Jiménez Castro
Acción de amparo constitucional
Expediente: 56914-2023-114-AAC
Departamento: Cochabamba
En revisión la Resolución 075/2023 de 10 de julio, cursante de fs. 81 a 84 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Pedro Francisco Callisaya Aro, Defensor del Pueblo del Estado Plurinacional de Bolivia, en representación sin mandato de Richard Eddy Peñaloza Escobar contra Félix Mario Galarza Alá, Alcalde; José Edwin Lora Rioja, Secretario Municipal Administrativo; y, Jorge Luis Carrasco Luque, Jefe de Recursos Humanos todos del Gobierno Autónomo Municipal de Sipe Sipe del departamento de Cochabamba.
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO | III. Las entidades públicas y privadas deberán brindar accesibilidad a su personal con discapacidad. | IV. Las personas con discapacidad deberán contar con una fuente de trabajo” (el resaltado nos pertenece).
- II. El Estado Plurinacional de Bolivia garantizará la inamovilidad laboral a las personas con discapacidad, cónyuges, padres, madres y/o tutores de hijos con discapacidad, siempre y cuando cumplan con la normativa vigente y no existan causales que ju
- POR TANTO