SENTENCIA CONSTITUCIONAL No. 015/99
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL No. 015/99

Fecha: 29-Nov-1999

POR TANTO

POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en ejercicio de la  jurisdicción que le confieren los arts. 120-VI de la Constitución Política del Estado, 79 y siguientes de la Ley 1836 declara INFUNDADO  el Recurso Directo de Nulidad planteado a fs. 17 a 21 de obrados con costas y una multa de Bs. 1.000.- conforme al art. 85 inciso 1) de la Ley 1836, multa que el recurrente debe depositar a la orden del Tesoro Judicial en el plazo de 3 días de su notificación con la presente resolución.