SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 016/99
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 016/99

Fecha: 06-Dic-1999

III.2

III.2   Que, si bien el recurso es planteado contra el Decano y Presidente del Consejo Facultativo de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas y el Rector y Presidente del Consejo Universitario de la UMSA, empero, la resolución impugnada fue emitida por el Consejo Facultativo y no así por el Consejo Universitario, por lo que no corresponde analizar la jurisdicción y competencia del Consejo Universitario, sino solamente la del Consejo Facultativo; en consecuencia, la inclusión del Rector y Presidente del Consejo Universitario de la UMSA en este recurso no es procedente.