SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 016/99
Fecha: 06-Dic-1999
III.3
III.3 Que, en el marco de la autonomía universitaria establecida por el art. 185 de la Constitución Política del Estado, las Universidades Públicas tienen la potestad de elaborar y aprobar sus Estatutos. Que, precisamente el Estatuto Orgánico de la Universidad instituye al Consejo Facultativo como una instancia del gobierno facultativo paritario docente-estudiantil, una estructura colegiada de carácter deliberante que tiene la facultad, entre otras, de normar la vida institucional y académica de la Facultad emitiendo Resoluciones Facultativas. En consecuencia, el Consejo Facultativo de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la UMSA, al emitir la resolución impugnada, ha actuado con plena jurisdicción y competencia y no ha usurpado funciones.