Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 027/99
Fecha: 22-Dic-1999
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 120-6 de la Constitución Política del Estado, 7.6) y 79 y siguientes de la Ley 1836, declara INFUNDADO el Recurso Directo de Nulidad interpuesto por Rodrigo Bedoya Diez de Medina, Fernando Roca Serrano, Roberto Leigue Chávez en representación de “La Boliviana Ciacruz de Seguros y Reaseguros S.A.”, imponiéndoles la multa de Bs. 500.- y costas en aplicación del art. 85-1) de la Ley N° 1836.