Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 408/99- R
Fecha: 14-Dic-1999
improcedente
Que, el Tribunal de Habeas Corpus declaró improcedente el recurso con el argumento de que este Recurso no es sustitutivo de otros, mucho más si la solicitud de libertad de los recurrentes se encuentra en la Corte Suprema para la calificación de fianza, por lo que ése Tribunal no tiene competencia para conocer ningún otro trámite.