3.
3. A fojas 82 y vuelta corre el auto de fecha 18 de agosto, por el que la Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz declara PROCEDENTE el recurso y dispone la adecuación de la convocatoria, dentro de los alcances de la Ley de la Abogacía y sus Estatutos.
